Apreciados Soci@s,
Hoy hemos recibido la excelente noticia del
Ministerio de Agricultura Belga que el pasado 19
de marzo de 2013 fue publicado en el Boletín
Oficial Belga "Fokkerijbesluit" la modificación
del Decreto del Gobierno Flamenco relativo a la
organización de las asociaciones de criadores de
animales domésticos útiles en la agricultura
donde
como principales cambios cabe destacar la
modificación del capítulo II "Campo de
Aplicación" donde se incluye el perro como
animal de raza.
Ver documentos:
Decreto inicial que ha sido modificado 19 de
marzo de 2010: http://es.scribd.com/doc/136973797/D...res-Bel97475-1
Decreto del 1 de febrero de 2013 que modifica
el anterior e incluye la raza canina: http://es.scribd.com/doc/136974179/T...honden-2-copia
Dicho Decreto traspone al ordenamiento jurídico
público Belga la Directiva 91/174/CEE en lo
relativo al reconocimiento de asociaciones de
criadores de perros de raza pura y su
comercialización en el marco de los intercambios
intracomunitarios (UE) y con terceros paises.
Y lo más importante y destacable es que a partir
de ahora las asociaciones de criadores de perros
de raza pura que residan en Bélgica deberán
solicitar el reconocimiento oficial del Estado
Belga y someterse a la normativa comunitaria.
¿Cuál es esa normativa comunitaria? la
misma a la que está sometido el Real C.E.P.P.A.
y el resto de Asociaciones de criadores de
perros de raza pura reconocidas oficialmente en
España.
¿El Decreto del Gobierno Belga, país sede de
la F.C.I., le da a la F.C.I. belga alguna
atribución sobre el reconocimiento de las
asociaciones de criadores de perros de raza
pura? NO,
no le da ninguna atribución ni nombra a la F.C.I.
en ninguna de las más de 30 páginas de dicho
Decreto.
¿Recoge el Decreto Belga el reconocimiento de
la genealogía y la aceptación para la cría de
perros que estén inscritos en libros
genealógicos de asociaciones reconocidas
oficialmente por otros Estados miembros de la
UE? SI,
recoge el mútuo reconocimiento entre
asociaciones de criadores de perros de raza pura
tanto para los intercambios intracomunitarios
(en el seno de la UE) como para los intercambios
con terceros paises.
¿Recoge el nuevo Decreto algún aspecto
relativo al control, selección y mejora? Efectivamente
el Artículo 7 recoge una nueva redacción que
obliga a las asociaciones de criadores de perros
de raza pura que quieran ser reconocidas
oficialmente a efectuar los controles necesarios
para la ejecución de un programa de mejora de la
diversidad genealógica de las razas y de la
variedad de las mismas. (mejora de la diversidad
genética)
Si al final será cierto que los miembros de la
F.C.I. belga, incluida la propia R.S.C.E.
tendrán que cumplir con el Artículo 9 de los
Estatutos de la F.C.I.:
Artículo 9 Obligaciones de los miembros y
socios contratantes
c) Obligaciones de todos los miembros y de
los socios contratantes
• Observar en todo momento los estatutos,
reglamentos y circulares de la FCI, así como las
decisiones del Comité General y de la Asamblea
General, siempre
y cuando no entren en conflicto con las leyes
nacionales respectivas.
http://www.fci.be/uploaded_files/97-2009-annex1-es.pdf
Y también con el Artículo 8 apartado 5 del
Reglamento de la F.C.I.
Artículo 8 - Libros de orígenes:
5. Cualquier
miembro o socio contratante puede rechazar la
(re)-inscripción en su libro de orígenes de un
perro que tenga taras hereditarias o sea
portador de taras que vayan en contra del
artículo 2 de los estatutos de la FCI o
que no cumpla las reglas de selección definidas
por el miembro o el socio contratante en
cuestión. Por
otra parte, los miembros o socios contratantes
no están obligados a inscribir o (re)-inscribir
automáticamente en sus libros de origen a un
perro importado si consideran que su pedigrí no
se ha establecido correctamente. En este caso,
el miembro o socio contratante explicará
claramente al miembro que ha emitido el pedigrí
de exportación certificado las razones de su
rechazo.
http://www.fci.be/uploaded_files/68-2011-annex-es.pdf
Otro país más en la lista de los que ya tienen
traspuesta la Directiva para la cría de perros
de raza pura y en este caso en la "misma casa"
de la F.C.I. de Bélgica.
Cordiales saludos
Real C.E.P.P.A.
Rodrigo González Campuzano
Secretario General
www.realceppa.es